Su Guía

¿Cómo funciona el período de inscripción especial?

Inscripción especial en California

  • Usted reúne los requisitos para un período de inscripción especial si tiene determinado evento calificado de vida (circunstancia de vida que califica y modifica su situación actual).
  • Generalmente, tiene 60 días a partir de la fecha de su evento calificado de vida para inscribirse para recibir cobertura o cambiar su plan.
  • En la mayoría de los casos, necesita tener comprobante de su evento de vida.
  • En algunos casos, puede solicitar cobertura o cambiar su plan 60 días antes y 60 días después de su evento calificado de vida. Algunos ejemplos son:
    • Pérdida de cobertura de salud mínima esencial
    • Cambios en la cobertura de salud del empleador que lo hacen elegible para recibir un crédito tributario para la prima
    • Una decisión de Covered California de circunstancias excepcionales
  • Es posible que tenga más de un evento. Elija el que tenga la mejor fecha de vigencia del plan para usted.

Asistencia financiera:

  • Es posible que reúna los requisitos para recibir asistencia financiera estatal adicional incluso si no ha reunido los requisitos para asistencia financiera federal en años anteriores.

Penalización tributaria:

  • Hay una ley estatal de California que establece que usted debe tener una cobertura de salud mínima esencial, o es posible que tenga que pagar una penalización tributaria.

2 Elija el evento calificado de vida que mejor se ajuste a su situación:

Si pierde la cobertura proporcionada por su empleador debido a que:


  • Pierde su trabajo.
  • Reducen sus horas de trabajo y ya no califica para recibir la cobertura.
  • Muere la persona que le brinda cobertura con un plan de salud por medio de un empleador.
  • Está registrado como dependiente en un plan de salud y su estado civil cambia debido a una separación legal o divorcio, por lo que termina su elegibilidad como dependiente.
  • Ya no vive ni trabaja en el área donde ofrecemos servicios, y no hay otra cobertura médica de grupo disponible para usted.
  • Forma parte de un grupo de empleados que ya no recibe cobertura por parte del empleador.
  • Un hijo dependiente supera la edad para reunir los requisitos como dependiente.
  • Su empleador deja de aportar pagos de primas a su cobertura médica de grupo.
  • Vence su cobertura de la Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria (Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Act, COBRA).
  • Su cobertura por jubilación se cancela cuando su empleador se declara en bancarrota federal (Capítulo 11).
  • La persona que lo cubre con el plan de salud de su empleador comienza a tener derecho a recibir cobertura de Medicare.
  • Su plan grupal se renovará o terminará en una fecha diferente al 1 de enero.
  • Pierde su cobertura por un motivo que no es culpa suya.

Si pierde Medi-Cal debido a que:


  • Tiene un cambio en sus ingresos.
  • Pasaron 60 días después del nacimiento de un hijo o pierde al bebé.
  • Pierde lo que se conoce como cobertura para “personas con necesidades médicas”, la cual es una cobertura de Medicaid para personas que tienen demasiados ingresos o demasiados bienes como para calificar para la cobertura de Medicaid, pero que tienen gastos médicos muy altos. Este tipo de período de inscripción especial solo puede ocurrir una vez por año calendario.

Si pierde su cobertura de Medicare Parte A, Partes A y B, o Parte C


Si pierde su cobertura del plan individual porque:


  • Su plan individual se renovará o terminará en una fecha diferente al 1 de enero.
  • Ya no es elegible para recibir una cobertura individual. (Por ejemplo, esto puede pasar cuando alguien alcanza el límite de edad para recibir cobertura como un hijo dependiente).
  • La persona que le cubre con su plan de salud tiene derecho a recibir Medicare.
  • La persona que le cubre con su plan de salud elige cobertura de un empleador.
  • Pierde ciertos tipos de cobertura para veteranos.
  • Pierde la cobertura de TRICARE.
  • Pierde cierta cobertura de salud autofinanciada para estudiantes.
  • Su cobertura militar termina porque regresa del servicio activo.

NO es un evento calificado de vida (circunstancia de vida que califica y modifica su situación actual) si pierde la cobertura debido a que:

  • No pagó sus primas.
  • Su plan se canceló de manera retroactiva por fraude o por alterar los hechos deliberadamente.
  • Tenía cobertura de Medicare Parte B y no tenía ninguna otra cobertura.
  • Canceló su cobertura voluntariamente.
  • Tuvo una cobertura temporal a corto plazo como un seguro para viajeros.
  • Si se casó o se registró en una sociedad doméstica

    Tiene que presentar un comprobante de la previa para usted o su cónyuge durante al menos un día completo en los últimos 60 días, a menos que estuviera viviendo en un área donde no se ofrecía un plan de salud autorizado por medio del intercambio de beneficios de salud de su estado. El intercambio de su estado puede decirle si no había ningún plan de salud autorizado disponible. Puede enviar una captura de pantalla del sitio web del intercambio de su estado u otra evidencia de lo que el intercambio de su estado ofrece.

  • Si tiene un bebé, adopte un niño o se le coloque un niño en adopción o cuidado de crianza.

    Si ha tenido un bebé en los últimos meses


    Si su evento calificado es el nacimiento de un hijo, puede pedir que su plan comience en la fecha de nacimiento de su hijo, o el primer día del mes siguiente después de la recepción de la solicitud, siempre y cuando presente la solicitud dentro de los 60 días siguientes al nacimiento de su hijo.

    Esto significa que puede cubrir la atención de su recién nacido hasta durante 60 días antes de solicitar cobertura. Pero tenga en cuenta que si elige una fecha de inicio en el pasado, tendrá que pagar las primas por ese tiempo, más la prima estándar del primer mes.

    Por ejemplo, si tiene un bebé el 1 de marzo y presenta su solicitud el 15 de abril, puede solicitar que el 1 de marzo sea la fecha de inicio, pero tendrá que incluir los pagos de la prima para marzo, abril y mayo junto con su solicitud.

  • Si pierde a un dependiente porque el dependiente llega a una edad en la cual ya no es elegible para recibir cobertura por parte de su plan de salud, o fallece el suscriptor o un dependiente.
  • Si pierde a un dependiente por divorcio, disolución de una pareja doméstica o separación legal.
  • Si el suscriptor o un dependiente muere, usted califica para un periodo de inscripción especial solo si está inscrito en el mismo plan que la persona fallecida.

Si una corte federal o estatal ordena que usted o su dependiente reciba cobertura como dependiente.


Si su evento calificado es debido a una orden del tribunal para cubrir a un dependiente, su plan puede comenzar en la fecha en la que se emitió la orden del tribunal o en el primer día del mes después de esa fecha, siempre y cuando usted presente la solicitud en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la orden del tribunal.

Esto significa que puede cubrir la atención de su dependiente hasta durante 60 días antes de solicitar cobertura. Pero tenga en cuenta que si elige una fecha de inicio en el pasado, tendrá que pagar las primas por ese tiempo, más la prima estándar del primer mes.

Por ejemplo, si la orden del tribunal tiene la fecha del 1 de marzo y presenta su solicitud el 15 de abril, puede solicitar que el 1 de marzo sea la fecha de inicio, pero tendrá que incluir los pagos de la prima para marzo, abril y mayo junto con su solicitud.

  • Traslado permanente significa mudarse de un área fuera de Kaiser Permanente a un área de servicio de Kaiser Permanente y tener una opción de planes de salud diferente.
  • Se mudó a un nuevo estado.
  • Se mudó de un país extranjero o del territorio de Estados Unidos.
  • Se mudó de un condado que no ofrecía un plan de salud autorizado.
  • Debe haber tenido cobertura mínima esencial para todos los solicitantes durante por lo menos un día completo en los últimos 60 días, a menos que se haya mudado a un país extranjero o un territorio dentro de los Estados Unidos o que se haya mudado de un condado que no ofrecía un plan de salud autorizado, para reunir los requisitos con base en el traslado permanente.
  • También tendrá que proporcionar comprobantes de domicilio, tanto del anterior como del nuevo.
  • Si su cobertura por medio de su empleador no califica como , por lo que es elegible para un crédito tributario para pagar las primas o hay un cambio en la elegibilidad para una reducción del costo compartido, por ejemplo, si su empleador cancela o cambia esa cobertura.
    Debe solicitarla por medio de su intercambio de beneficios de salud.

Si el intercambio de beneficios de salud de su estado decide que usted califica para un periodo de inscripción especial debido a circunstancias inusuales:

  • Una condición médica grave, un desastre natural u otra emergencia a nivel nacional o estatal que le impidió inscribirse durante la inscripción abierta
  • Información errónea, tergiversación, mala conducta o inacción de alguien que trabaja en una capacidad oficial para ayudarlo a inscribirse (como un emisor de atención médica, un navegador, un asesor de solicitudes certificado o un agente o corredor) que le impidió inscribirse en un plan de atención médica, inscribirse en el plan de atención médica adecuado o obteniendo el crédito fiscal para la prima o la reducción de costos compartidos para los que era elegible.
  • Un error técnico que le impidió inscribirse en un plan de salud, como ver un mensaje de error durante el proceso de solicitud en línea.
  • O por cualquier otro motivo según lo determine el intercambio de beneficios de salud de su estado.
  • Usted o su dependiente se vuelven elegibles recientes para comprar un plan de salud individual mediante un acuerdo de reembolso de cobertura médica individual (Individual Coverage Health Reimbursement Arrangement, ICHRA) o un acuerdo de reembolso de gastos médicos de pequeño empleador calificado (Qualified Small Employer Health Reimbursement Arrangement, QSEHRA), incluida la fecha que indique cuándo es elegible por primera vez para el ICHRA o QSEHRA.

Si es un sobreviviente de maltrato/violencia en el hogar o abandono del cónyuge que ocurre dentro del hogar y desea inscribirse en su propio plan de salud separado del de la persona que cometió el abuso o que lo abandonó, puede inscribirse comunicándose con Covered California o directamente mediante Kaiser Permanente. Es posible que sus dependientes también sean elegibles.

Aunque siga casado con la persona que cometió el maltrato o que lo abandonó, puede decir que no está casado en su solicitud de Covered California, sin miedo o multa por mentir en su declaración de estado civil. Por lo tanto, si califica con base en sus ingresos, puede obtener un crédito tributario para pagar las primas y otros ahorros en un plan de Covered California.

  • Si su empleador suspendió recientemente la contribución para continuar la cobertura de grupo que tiene conforme a la Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria de 1985 (Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Act of 1985, COBRA) o si algún programa estatal similar terminó y provocó que perdiera su cobertura conforme a la COBRA.

Si recientemente salió de la cárcel, prisión u otro tipo de encarcelamiento, es posible que pueda inscribirse por medio del intercambio de beneficios de salud de su estado o directamente, por medio de Kaiser Permanente.

Si el intercambio de beneficios de salud determina que usted reúne los requisitos para un periodo de inscripción especial porque se le informó erróneamente que ya tenía cobertura de salud mínima esencial y no solicitó la cobertura durante el periodo de inscripción abierta por esa razón.

Si estaba recibiendo atención activamente por determinadas afecciones con un proveedor que ya no participa en su plan de salud. Algunos ejemplos de afecciones son: afecciones agudas, condiciones crónicas graves, embarazos, enfermedades terminales, atención de un recién nacido y cirugías urgentes autorizadas.

Si le muestra al Departamento de Atención Médica Administrada que el plan de salud en el que está inscrito ha violado sustancialmente una disposición material de su contrato con ellos.

Usted califica para recibir el salario de atención médica conforme a la Propuesta 22 de California como conductor de una empresa de redes de transporte y distribución basadas en aplicaciones y tiene un promedio de al menos 15 horas de conducción por semana durante un trimestre calendario.

El intercambio de beneficios de salud decidirá si califica para un periodo de inscripción especial mensual para inscribirse o cambiar de cobertura de atención médica. Si califica, es posible que solo pueda inscribirse en un plan ofrecido mediante el intercambio de su estado.

Para obtener más información, visite el intercambio de su estado. o llame al 1-800-318-2596. También puede llamar a Kaiser Permanente al 1-800-494-5314 para obtener ayuda.

  • El intercambio de beneficios de salud decidirá si califica para un periodo de inscripción especial mensual para inscribirse o cambiar de cobertura de atención médica. Si califica, es posible que solo pueda inscribirse en un plan ofrecido mediante el intercambio de su estado.
  • Para obtener más información, visite Covered California o llame al 1-800-318-2596. Si necesita ayuda, también puede llamar a Kaiser Permanente al 1-800-494-5314.

Debe solicitarla por medio del intercambio de beneficios de salud de su estado. Es posible que el intercambio requiera que presente un comprobante de cambio de ingresos directamente ante el intercambio.

  • Si cambia el nivel de ingresos familiares y, como resultado, usted o sus dependientes son elegibles, o no son elegibles, para recibir ayuda financiera. (Los dependientes tienen que estar inscritos en el mismo plan que el suscriptor).
  • Si vive en un estado que no amplió Medicaid y no está inscrito en un plan Medicaid, y se vuelve elegible para recibir un crédito tributario para pagar la prima debido a que sus ingresos familiares están por encima del 100% del nivel federal de pobreza.
  • Si una nueva determinación de inelegibilidad de parte de Medicaid o Children’s Health Insurance Program (CHIP) lo hace elegible para inscribirse mediante el intercambio de beneficios de salud.
  • Experimenta una disminución en los ingresos del hogar y se vuelve elegible para un crédito tributario anticipado para las primas (Advanced Premium Tax Credit, APTC) según lo determine el intercambio de beneficios de salud de su estado.

Nota:

  • Debe tener cobertura mínima esencial para todos los solicitantes por parte de su administrador anterior durante por lo menos un día completo en los últimos 60 días.

Nota: Para obtener más información sobre la elegibilidad para obtener asistencia financiera federal, visite el intercambio de beneficios de salud de su estado, ingrese a CuidadoDeSalud.gov o llame al 1-800-318-2596. También puede llamar a Kaiser Permanente al 1-800-494-5314 para obtener ayuda.

  • Debe solicitarlo por medio del intercambio de beneficios de salud de su estado.
  • Usted califica para un periodo especial de inscripción mensual si se espera que su ingreso anual sea menor que el 150 % del nivel federal de pobreza (federal poverty level, FPL) pertinente.
  • Debe solicitarla por medio del intercambio de beneficios de salud de su estado.
  • Usted califica si pagó la sanción de responsabilidad compartida para individuos a la Junta de Impuestos de Franquicia de California por no haber tenido cobertura médica en el año fiscal anterior.

¿Necesita Ayuda? Llame al 1-800-475-6621 (TTY 711)